El cepo para empresas por dentro: cuáles son las restricciones que el BCRA mantiene vigentes
El presidente del Banco Central, Santiago Bausili, advirtió que no es prioridad permitir que las compañías atesoren dólares. En la Patagonia, las trabas en comercio exterior e intereses financieros impactan de lleno en los costos de proveedores de Vaca Muerta.
El gobierno de Javier Milei enfrió las expectativas del sector corporativo sobre una unificación cambiaria en el corto plazo. El presidente del Banco Central (BCRA), Santiago Bausili, ratificó que el entramado de controles que da forma al cepo para empresas se mantendrá sin cambios profundos. «No está entre nuestras prioridades eliminar las restricciones cambiarias para las personas jurídicas o que puedan atesorar dólares. Estamos enfocados en el sector externo», aseguró el funcionario en conferencia de prensa, donde remarcó que la prioridad absoluta de la autoridad monetaria es garantizar las divisas para el funcionamiento del comercio exterior antes que para la formación de activos externos.
La decisión de sostener el cepo cambiario generó un fuerte cruce de alto impacto político y financiero. El exministro de Economía, Domingo Cavallo, advirtió semanas atrás que la condición clave para profundizar la baja del riesgo país es desarmar los controles a las empresas y habilitar la libre circulación de capitales para renovar vencimientos de deuda a tasas moderadas. Sin embargo, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el propio jefe de Estado salieron al cruce con dureza, defendiendo el esquema de salida gradual y criticando las medidas expropiatorias de las gestiones anteriores de Cavallo, como el «corralito» del 2001.
Cepo a las importaciones y deuda intercompany: los plazos del BCRA que regulan el acceso al mercado oficial
La decisión del BCRA convalida la vigencia de un complejo mapa de regulaciones operativas que afecta el día a día de la gestión financiera y comercial de las compañías, aplicando restricciones severas según el tipo de operación:
- Importaciones de bienes: Las empresas deben ajustarse a cronogramas de acceso escalonado al mercado oficial (MULC) desde el registro aduanero, lo que las obliga a financiar operaciones con recursos propios o crédito comercial extranjero ante la falta de acceso inmediato.
- Cepo a los servicios: Mientras que los pagos a firmas no vinculadas poseen un esquema más flexible, las operaciones de asistencia entre compañías vinculadas (intercompany) deben afrontar un plazo de espera obligatorio de 90 días.
- Deudas financieras: Las obligaciones con casas matrices previas a diciembre de 2023 continúan bloqueadas en el mercado oficial y se canalizan mediante títulos Bopreal. Para nuevos créditos se permite pagar intereses, pero cancelar capital exige cumplir con una vida promedio mínima de la deuda.
Restricción cruzada y dólar MEP: el cerrojo del Banco Central para frenar el rulo y el giro de utilidades
Inyectado en el plano estrictamente financiero, la llamada restricción cruzada establece que quienes adquieren dólares en el mercado oficial quedan inhabilitados por un período de 90 días para operar dólar MEP o Contado con Liquidación (CCL), una medida espejo que busca erradicar el arbitraje de cotizaciones. Asimismo, para transferir dólares propios a cuentas del exterior se exige firmar una declaración jurada comprometiéndose a no comprar valores negociables en moneda extranjera por los siguientes 90 días.
En materia de prohibición de atesoramiento y parking, las personas jurídicas tienen vedado el acceso al MULC para la compra de divisas con fines de ahorro, obligando a las empresas a mantener sus excedentes de liquidez en moneda local. A su vez, para operar en el mercado de capitales se mantiene el parking obligatorio de un día de permanencia mínima para los activos financieros antes de su liquidación, limitando las operaciones especulativas de gran escala.
Por último, el giro de utilidades bloqueado para la remisión de dividendos a accionistas no residentes constituye una de las principales trabas para la inversión extranjera directa. El BCRA solo permite transferir utilidades generadas en ejercicios cerrados a partir de 2025, manteniendo congelados los saldos acumulados de períodos anteriores. A la par de estos controles, continúa vigente la plena obligación del Decreto 609/2019, que fuerza a los exportadores a liquidar sus ingresos de divisas en el mercado oficial dentro de plazos estrictos.
Con información de Infobae y resoluciones normativas del BCRA.
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