Están en vigencia las reglas en Neuquén para las ferias itinerantes y showrooms

Para proteger al comercio local, se establecieron fuertes tasas para los organizadores de ferias itinerantes en predios privados. Hay descuentos de hasta un 90% si los showrooms son realizados por personas de Neuquén. Cómo son las condiciones para los ambulantes.

Redacción

Por Redacción

El comercio ambulante con permisos también tuvo un ordenamiento (archivo)

El comercio ambulante con permisos también tuvo un ordenamiento (archivo)

La municipalidad puso en vigencia la actualización de la normativa que sancionó el Concejo Deliberante sobre el comercio ambulante en las calles de la ciudad y la modalidad de venta en ferias denominadas showrooms, que se desarrolla en espacios privados. Buscan frenar la llegada de ferias itinerantes que buscan hacer buenas ventas en la región.


La promulgación del intendente Mariano Gaido se publicó en el boletín oficial de septiembre.
Son tres ordenanzas que envió el municipio en agosto al Deliberante y que estableció fuertes montos y tasas que deberán pagar los feriantes que se instalen en estacionamientos de casinos y en hall de hoteles para hacer ventas.

Los gravámenes municipales apuntan a los eventos organizados desde otros lugares, que buscan en la zona un punto de venta, ya que para los emprendedores locales que organicen ferias o showrooms, la tasa tiene descuento neuquino de 90% del monto.


Según se estableció, cada puesto tendrá que pagar una tasa de unos 50.000 pesos y la coordinación deberá oblar una tasa de 10 millones por día en caso de las ferias itinerantes de hasta 20 puestos. La tasa se incrementará a 50 millones si son ferias de hasta 40 puestos y el canon que se fijó por las ferias de 60 puestos fue de 100 millones de pesos diarios.


Si suman más de 60 puestos, se cobrará un millón más por gazebo adicional. La medida se ideó en conjunto con la cámara de comercio de la ciudad e incluyó una actualización de las condiciones para la venta ambulante.


Según se expresó desde el oficialismo, no hubo modificaciones a la reglamentación ambulante, que ya establecía que las personas autorizadas a vender en la calle, no pueden ejercer la actividad a menos de 500 metros de un negocio, en caso de que sean productos industrializados. La venta de productos frescos no está permitida en la vía pública, salvo los carritos de panchos y churros, con control bromatológico.


La municipalidad puso en vigencia la actualización de la normativa que sancionó el Concejo Deliberante sobre el comercio ambulante en las calles de la ciudad y la modalidad de venta en ferias denominadas showrooms, que se desarrolla en espacios privados. Buscan frenar la llegada de ferias itinerantes que buscan hacer buenas ventas en la región.

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