Procesaron a un hombre por abusar de la hija de su pareja

El hecho ocurrió en el 2015 cuando la mujer debió viajar a General Roca por un tratamiento médico. La familia vivía en Ingeniero Jacobacci.

Por Redacción

Procesaron a un hombre por abusar de la hija de su pareja

Un sujeto aprovechó la ausencia de su pareja y madre de una niña de 11 años para someter sexualmente a la chica, según la acusación fiscal en su contra. El imputado está detenido desde hace un mes aproximadamente y seguirá alojado en el penal 3 de Bariloche, porque el juez de Instrucción Marcos Burgos lo procesó con prisión preventiva como presunto autor del delito de abuso sexual agravado por el acceso carnal en perjuicio de una niña y la situación de convivencia preexistente.

Sin embargo, el procesamiento no está firme, porque la defensa del acusado puede apelar.

De acuerdo a la acusación fiscal, al imputado se le atribuyen cinco abusos sexuales contra la víctima, que ocurrieron entre el 8 y 15 de febrero pasado, en la vivienda donde el grupo familiar vivía en Ingeniero Jacobacci.

El hombre aprovechó la ausencia de su pareja, que viajó a Roca por un tratamiento médico, para someter a la nena, que es hija de la mujer.

Burgos sostuvo en los fundamentos del procesamiento que los elementos probatorios reunidos en la causa “son claros y concordantes, en esta etapa del proceso, para tener acreditadas tanto la autoría material como la responsabilidad del imputado”.

La investigación se originó a partir de la denuncia que la madre de la niña presentó en la justicia. La mujer se enteró de que su hija había sido víctima de abuso por docentes del colegio donde concurría la niña.

El juez valoró para procesar al sospechoso la declaración de la víctima en Cámara Gesell, los informes médicos que acreditan la declaración de la niña y testimonios de testigos.

Además, Burgos tuvo en cuenta la pena con la que se reprimen los delitos atribuidos al acusado para imponerle la prisión preventiva.

“Debe decretarse la prisión preventiva del imputado, atento la pena con que se reprime los delitos consignados, lo cual permite suponer que en caso de recaer sentencia condenatoria no será de aplicación el beneficio de la condicionalidad que establece el artículo 26 del Código Penal”, sostuvo Burgos.

Advirtió que en su mayoría “no han variado los peligros procesales detallados al momento de denegar la excarcelación del encausado; correspondiendo convertir en prisión preventiva su actual detención”.

Cuando se le denegó la excarcelación, el Fiscal de Cámara Martín Lozada advirtió que el imputado en libertad podría ejercer presión sobre los testigos y además indicó que existe el riesgo de fuga.


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