La madre de Tubby se lo llevó a Inglaterra
El hombre intentó quemar la vivienda de su expareja pero fue declarado inimputable. Deberá continuar con su tratamiento ambulatorio en su país de origen.
La madre de Tubby se lo llevó a Inglaterra
Andrew Anthony Tubby protagonizó el 1 de enero pasado un hecho dramático. Irrumpió sin permiso en la vivienda de su expareja, se encerró y roció con combustible el inmueble. Cuando los policías entraron al domicilio, el sujeto abrió las válvulas de seguridad de dos tubos de 45 kilos de gas y trató de generar una explosión. Por fortuna, el encendedor no le funcionó.
Tubby, de nacionalidad inglesa, estuvo internado en Salud Mental del hospital zonal hasta que su madre viajó desde Inglaterra para hacerse cargo de su hijo. El juez de Instrucción Bernardo Campana dispuso la externación de Tubby y le hizo saber a él y a su madre, Christine Mary Dobson, que deberá continuar con su tratamiento ambulatorio en su país, en función de los padecimientos de salud mental que sufre. Por eso, autorizó a Tubby a salir de la Argentina, con su madre, según el fallo que Campana dictó en marzo pasado, pero que recién trascendió ayer.
El caso de Tubby generó una disputa jurídica entre Campana y la defensora de Menores e Incapaces, Natalia De Rosa.
Campana sobreseyó el 11 de febrero pasado a Tubby por los delitos de violación de domicilio, intento de incendio agravado, resistencia a la autoridad y amenazas, porque es inimputable.
Ordenó una medida de seguridad y mantener al hombre internado en Salud Mental hasta tanto se articulen los medios necesarios para garantizar su tratamiento ambulatorio.
De Rosa impugnó la medida de seguridad que dictó Campana y planteó la incompetencia. La defensora advirtió que la medida de seguridad es una pena encubierta desproporcionada e ilimitada, que sólo finaliza cuando cesa la peligrosidad de la persona.
“Resulta claro que el Sr. Tubby tiene derechos que deben ser respetados y que han sido contemplados por la ley de Salud Mental, pero también resulta evidente a este juzgador que la sociedad y en especial la de Bariloche tiene un derecho concreto a que en hechos como los aquí investigados no se produzcan en los sucesivo”, afirmó Campana en el fallo, según informaron fuentes judiciales.
“Y es la ley penal en el artículo 34, inciso primero del segundo párrafo (Código Penal) la que impone al suscripto la adopción de una medida de seguridad y tener mayor cautela a la hora de hacer cesar la internación de una persona peligrosa para sí y para terceros”, añadió Campana, que desestimó los planteos de la defensora.
La madre de Tubby se lo llevó a Inglaterra