Los condenaron por un violento robo en Chichinales: «El Diablo» Maureira irá 28 años a prisión

Un tribunal de juicio de Roca impuso penas de 8 y 28 años de prisión para Andrés Pereira y Raúl Maureira, respectivamente. El fallo llegó tras la anulación de una absolución previa por el asalto ocurrido en 2024. Ambos son reincidentes y les unificaron penas anteriores.

El juez Camarda leyó la sentencia ante la presencia de los imputados en audiencia. Foto Captura.

La Justicia cerró de manera definitiva un capítulo delictivo que tuvo como víctima a una vecina de Chichinales. El Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción, presidido por el juez Maximiliano Camarda, dictó la sentencia de cesura que impuso severas penas de cumplimiento efectivo a Andrés Gabriel Pereira y Raúl Esteban Maureira. Lo condenados, que inicialmente habían sido absueltos por el beneficio de la duda a fines de 2025, fueron finalmente hallados culpables de un violento robo doblemente agravado tras una apelación que permitió revalorizar pruebas genéticas y dactilares clave.

La resolución actual se fundamenta en la revocatoria dictada por el Tribunal de Impugnación (TI) en abril pasado, el cual consideró que la evidencia científica recolectada en la escena del crimen era convergente y suficiente para romper la presunción de inocencia.

Mientras que Pereira fue sentenciado a una pena única de ocho años y seis meses de prisión, la situación procesal de Maureira resultó drásticamente más grave al unificarse con condenas previas: deberá cumplir un total de 28 años tras las rejas.


Un asalto violento marcado por el engaño


El hecho que originó este largo proceso judicial ocurrió el 23 de abril de 2024, alrededor de las 19:00 horas, en una chacra de Chichinales. La víctima, una mujer adulta mayor, fue abordada en la tranquilidad de su hogar mediante un ardid premeditado. Según la acusación fiscal, uno de los delincuentes se presentó ante la mujer con el rostro descubierto y, bajo la falsa premisa de que un empleado de la estancia había sufrido un accidente vial, logró que la mujer ingresara a la vivienda para buscar un número telefónico de contacto.

Ese momento fue aprovechado por al menos cuatro sujetos —tres de ellos con el rostro cubierto— para irrumpir en la casa. La víctima fue intimidada con armas de fuego mientras los asaltantes revolvían las habitaciones exigiendo dinero y pertenencias. «Cállese señora o la limpio», fue una de las frases amenazantes que los delincuentes profirieron durante el atraco, según consta en el expediente.

Durante la ejecución del plan, los coautores sustrajeron un anillo de oro, pero la llegada fortuita de familiares y empleados de la víctima precipitó una huida violenta. Al verse acorralados, uno de los hombres efectuó un disparo intimidatorio con un revólver para obligar a los allegados de la mujer a descender de un vehículo Renault Sandero, en el cual finalmente escaparon, dejando abandonado en el lugar el automóvil Volkswagen Gol en el que habían arribado.


Del beneficio de la duda a la condena


El derrotero judicial de Pereira y Maureira estuvo marcado por una fuerte controversia en la valoración de la prueba. En el primer juicio, celebrado en noviembre de 2025, el tribunal integrado por Maximiliano Camarda, Laura Pérez y Verónica Rodríguez dictó la absolución de ambos por el beneficio de la duda. En aquel momento, los magistrados consideraron que, aunque existían rastros biológicos de los imputados en el vehículo abandonado, no se podía determinar con exactitud si dicho contacto había ocurrido durante el robo o en una fecha anterior, dada la duración del ADN en las superficies.

Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal, a cargo de la doctora Vanesa Cascallares, presentó una impugnación que fue acogida por el tribunal superior. La jueza María Rita Custet Llambí, del Tribunal de Impugnación, señaló que la sentencia inicial incurrió en una «fragmentación de los indicios».

Para el TI, la prueba debía leerse de manera conjunta y no aislada: el rastro palmar de Pereira en la puerta trasera del vehículo, el ADN de Maureira en los guantes hallados dentro del auto y el impacto de una tarjeta SIM vinculada a Maureira en el celular robado a las víctimas formaban un cuadro de cargo sólido. «El conjunto de esos indicios, valorados en su convergencia, sigue siendo razonablemente compatible con una hipótesis de participación en el robo», fundamentó el tribunal superior al revocar la absolución.


La jerarquización de la evidencia científica


Uno de los pilares de la condena fue el trabajo del Gabinete de Criminalística y del Laboratorio de Genética Forense. Durante el juicio, se acreditó que el rastro palmar hallado en el exterior del Volkswagen Gol —vehículo que además registraba pedido de secuestro por robo en Neuquén— correspondía en un 100% a Andrés Pereira. Por otra parte, se confirmó que se encontró material genético de Maureira tanto en la manija de la puerta del conductor como en los guantes descartados tras el asalto.

A pesar de que las víctimas no pudieron identificar a los sospechosos en las ruedas de reconocimiento —producto del estrés y de que los atacantes cubrieron sus rostros—, la investigación policial avanzó mediante intervenciones telefónicas. En una de las escuchas captadas tras el hecho, Pereira le manifestaba a su pareja con preocupación: «Encontraron un rastro mío y de dos personas más». Asimismo, se reveló que el celular sustraído en la chacra fue utilizado días después para realizar búsquedas en Google sobre noticias del asalto en Chichinales, vinculando el IMEI del aparato con un abonado a nombre de Raúl Maureira.


Sentencias unificadas y reincidencia


Con la responsabilidad penal establecida por el tribunal superior, se procedió finalmente a la lectura de la sentencia integral que fijó los años de cárcel. Para Andrés Gabriel Pereira, el juez Camarda leyó la pena de siete años y ocho meses por el delito de robo doblemente agravado por el uso de armas de fuego y en poblado y en banda. Sin embargo, al tener una condena previa de un año de prisión efectiva dictada en junio de 2025 en Roca, se le unificó en una pena única de ocho años y seis meses de prisión, manteniendo su declaración de primera reincidencia.

El panorama para Raúl Esteban Maureira resultó mucho más severo debido a sus antecedentes. El tribunal le impuso nueve años de prisión por su coautoría en el robo a la chacra de Chichinales. Al computarse con una sentencia previa del 1 de octubre de 2025, donde un tribunal colegiado le había impuesto 20 años y dos meses de prisión, se arribó a una composición de pena única de 28 años de prisión efectiva. En su caso, se mantuvo la declaración de segunda reincidencia, lo que implica un estricto régimen de cumplimiento en el sistema penitenciario.


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