ARCA actualizó la cuota de empleadas domésticas en noviembre 2026: los nuevos importes por jornada
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fijó los valores para empleadas domésticas por noviembre 2026, con impacto en la ART. Conocé las escalas por tramo horario, las exenciones para jubiladas y las obligaciones en Río Negro y Neuquén.
Empleadas domésticas por noviembre 2026: ARCA actualizó la cuota patronal obligatoria.-
Mediante sus canales oficiales, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los importes de la cuota mensual para empleadas domésticas por noviembre 2026 (correspondiente al período devengado de octubre), cuyo pago resulta mandatorio para todos los titulares de relaciones laborales registradas bajo el régimen de la Ley 26.844.
El incremento se origina de forma exclusiva en la actualización de las alícuotas de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para empleadas domésticas, mientras que los aportes al subsistema de salud y las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se mantuvieron inalterados, marcando una pauta insoslayable para empleadores y dependientes de Río Negro y Neuquén.
Escala por tramo horario: la cuota de ARCA para empleadas domésticas por noviembre 2026
El régimen tributario segmenta la carga dineraria mensual de acuerdo con la extensión de la jornada semanal cumplida ante un mismo contratante, rigiendo los siguientes valores para el personal activo mayor de 18 años:
- Jornada de 16 horas semanales o más (régimen pleno): el pago unificado se eleva a $44.784,77, estructurado en $25.694,55 de aportes a la obra social, $2.128,79 de contribuciones patronales al SIPA y $16.961,43 destinados a la cobertura de la ART.
- Jornada intermedia (de 12 a menos de 16 horas semanales): el importe total asciende a $17.007,37, discriminado en $3.863,30 de aportes a la salud, $1.459,48 de contribuciones previsionales y $11.684,59 por el seguro de riesgos laborales.
- Jornada reducida (menos de 12 horas semanales): la tarifa final se ubica en $10.856,52, compuesta por $2.084,85 de aportes, $729,90 de contribuciones y $8.041,77 correspondientes a la prima de ART.
En aquellas relaciones que no alcanzan el umbral de las 16 horas semanales, las dependientes conservan la facultad de ingresar aportes voluntarios a través del volante F. 575/RT, integrando la diferencia monetaria requerida para acceder al Programa Médico Obligatorio (PMO) y sumar meses plenos de aportes jubilatorios.
Empleadas domésticas: valores diferenciados para adolescentes y trabajadoras jubiladas
El marco legal del régimen de casas particulares estipula tratamientos especiales según la franja etaria y la condición previsional del personal contratado:
- Adolescentes de 16 y 17 años: al quedar expresamente eximidos por ley del pago de contribuciones jubilatorias al SIPA, los importes se reducen a $10.126,62 (menos de 12 horas), $15.547,89 (de 12 a 16 horas) y $42.655,98 (16 horas o más), garantizando cobertura asistencial integral y protección aseguradora ante eventuales siniestros.
- Personal jubilado: dado que los trabajadores en condición pasiva cuentan con cobertura médica provista por su propia obra social jubilatoria, el formulario excluye los aportes de salud y solo liquida previsión y ART, con costos fijados en $8.771,67 (menos de 12 horas), $13.144,07 (de 12 a 16 horas) y $19.090,22 (16 horas o más).
Mediante sus canales oficiales, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los importes de la cuota mensual para empleadas domésticas por noviembre 2026 (correspondiente al período devengado de octubre), cuyo pago resulta mandatorio para todos los titulares de relaciones laborales registradas bajo el régimen de la Ley 26.844.
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