Ley de Emergencia en Discapacidad: qué cambia para las Pensiones No Contributivas tras la media sanción
La Cámara de Diputados aprobó la prórroga de la Ley de Emergencia en Discapacidad para sostener las PNC, el CUD y el programa Incluir Salud. Conocé los límites de ingresos, las auditorías cruzadas y el trámite pendiente en el Senado.
Ley de Emergencia en Discapacidad: cómo impacta en las prestaciones.-
En una sesión legislativa que cosechó un amplio consenso transversal, el Congreso de la Nación dio un paso clave para despejar la incertidumbre previsional y sanitaria que rodea a miles de familias en todo el país que cobran las Pensiones No Contributivas.
La Cámara de Diputados aprobó, por una contundente mayoría de 237 votos afirmativos, el proyecto que prorroga la Ley de Emergencia en Discapacidad hasta el 31 de diciembre 2027, extendiendo los alcances de la actual Ley 27.793 antes de su caducidad formal a fin de año.
La iniciativa legislativa, que ahora deberá ser ratificada por la Cámara de Senadores para convertirse formalmente en ley, ratifica el piso de ingresos de la Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez en el equivalente al 70% del haber mínimo liquidado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Puntos clave de la Ley de Emergencia en Discapacidad: qué cambia en las PNC, el CUD y el Programa Incluir Salud
El articulado votado en el recinto parlamentario estructura una red de contención jurídica y presupuestaria, sustentada en cinco pilares operativos:
- Piso legal para las PNC por Invalidez: se fija de forma permanente que el haber mensual de las PNC no podrá ser inferior al 70% de la jubilación mínima del sistema ordinario, garantizando aumentos automáticos por el índice de inflación mensual que mide el INDEC.
- El valor rector del CUD: el Certificado Único de Discapacidad (CUD) continúa consolidado como la herramienta médica y legal indispensable para el ejercicio pleno de los derechos, el acceso al transporte gratuito, la cobertura social integral y la exención de tributos.
- Blindaje al Programa Incluir Salud: la norma obliga al Estado nacional a garantizar el financiamiento regular para la provisión de medicamentos de alto costo, prótesis, insumos crónicos y tratamientos de rehabilitación en centros de salud de todo el país, recurriendo a compensaciones extraordinarias del Tesoro nacional si las partidas del Ministerio de Salud resultaran insuficientes.
- Aranceles unificados para prestadores: se mantiene en vigencia el nomenclador universal con actualización indexada para colegios terapéuticos, centros de día, transportistas y profesionales del sector, fijando plazos perentorios para saldar las deudas históricas y evitar la suspensión de servicios a los pacientes.
- Límite temporal extendido: el esquema de emergencia extiende su vigencia por doce meses adicionales, rigiendo plenamente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre 2027.
Compatibilidad de la PNC con el trabajo formal registrado: topes de sueldo y opciones de Monotributo
Uno de los avances más sustanciales del proyecto legislativo es la eliminación del dilema que obligaba a los titulares a renunciar a su asignación para acceder a un trabajo en blanco:
- Tope de hasta dos Salarios Mínimos (SMVM): la nueva redacción establece con claridad que el ingreso formal al mercado laboral registrado no constituirá causal de suspensión ni de caducidad de la Pensión No Contributiva por Invalidez, siempre que las remuneraciones brutas mensuales no superen el equivalente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
- Inclusión en Monotributo y Autónomos: el beneficio de compatibilidad económica se hace extensivo de manera directa a quienes desarrollen oficios autónomos, emprendimientos independientes o actividades bajo el régimen simplificado de Monotributo, permitiendo facturar servicios sin perder el haber previsional asistencial.
- Fin de las bajas unilaterales: ANSES no podrá aplicar bloqueos automáticos en las cuentas bancarias por la sola detección de aportes patronales en los sistemas previsionales, protegiendo los períodos de prueba y los contratos temporales de trabajo.
Nuevas auditorías de la Secretaría Nacional de Discapacidad: cruce con ANSES, ARCA, Renaper y SINTyS
Para equilibrar la extensión de los derechos con el control administrativo del gasto social, el proyecto aprueba un marco de auditorías cruzadas:
- Intercambio informático entre organismos: la Secretaría Nacional de Discapacidad instrumentará cruces sistemáticos de bases de datos junto a ANSES, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Registro Nacional de las Personas (Renaper) y el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS).
- Parámetros de fiscalización: los controles verificarán la vigencia de las condiciones médicas declaradas en el CUD, la residencia efectiva en el territorio argentino, los límites patrimoniales y la no superposición con otros beneficios contributivos incompatibles.
- Garantías de debido proceso y descargo: en caso de detectarse presuntas inconsistencias objetivas, el organismo previsional podrá dictar suspensiones preventivas, pero estará legalmente obligado a notificar fehacientemente al titular y a concederle un plazo administrativo razonable para formular descargos, impidiendo bajas intempestivas que interrumpan el acceso a la salud.
En una sesión legislativa que cosechó un amplio consenso transversal, el Congreso de la Nación dio un paso clave para despejar la incertidumbre previsional y sanitaria que rodea a miles de familias en todo el país que cobran las Pensiones No Contributivas.
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