Condenaron a dos hombres por narcomenudeo en Bariloche: cumplirán 4 años de prisión efectiva
La sentencia surgió tras un acuerdo abreviado por una causa que se inició con una denuncia anónima y tareas de campo que lograron vincular a ambos imputados con la actividad ilícita.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Roca, integrado por el juez Alejandro Silva, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Gastón Sebastián Palma y Luis Amador Santana a penas de cuatro (4) años de prisión de cumplimiento efectivo cada uno, por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Ambos detenidos en el marco de una investigación por venta de drogas en el barrio Malvinas de San Carlos de Bariloche, donde se incautó cocaína y marihuana fraccionada.
La sentencia, dictada el 5 de noviembre de 2025, resuelve una causa que se inició con una denuncia anónima y tareas de campo que lograron vincular a ambos imputados con la actividad ilícita. Además de la droga, a Santana se le imputó el delito de tenencia de un Documento Nacional de Identidad (DNI) ajeno. Ambos condenados cumplirán sus penas en la Unidad de Detención N° 14 del Servicio Penitenciario Federal de Esquel, buscando el acercamiento a sus domicilios familiares.
El hecho
La investigación se originó a partir de una denuncia anónima realizada en septiembre de 2021 ante la Delegación Toxicomanía Zona Andina, que señalaba a una persona comercializando estupefacientes en calle Tierra del Fuego, del barrio Malvinas de San Carlos de Bariloche. Las intervenciones telefónicas y las tareas de campo posteriores permitieron identificar al dealer y a su presunto socio, como los principales involucrados.
Los hechos que condujeron a las condenas se desdoblaron en dos procedimiento. Gastón Sebastián Palma, de 27 años, fue detenido en la madrugada del 10 de junio de 2022. El acusado circulaba a bordo de un Fiat Uno con un acompañante cuando desobedeció las señales de la policía de Río Negro e intentó fugarse, colisionando finalmente contra un patrullero. Tras ser reducido, la requisa personal resultó en el hallazgo de la sustancia.
Palma tenía en su poder un total de 15,33 gramos de cocaína, cuidadosamente fraccionada y oculta. La droga estaba guardada en una lata color azul. Se encontró en ocho envoltorios de nylon transparente de entre medio y un gramo cada uno, listos para la venta al menudeo.
También se incautó un paquete de mayor tamaño envuelto en nylon negro, conteniendo casi 10 gramos de la misma sustancia.
El hallazgo de la droga en pequeñas dosis y con un ocultamiento evidente fue un indicio determinante para acreditar la modalidad de tenencia con fines de ulterior comercialización.
A raíz de la detención de Palma, la Justicia Federal ordenó el allanamiento del domicilio de Luis Amador Santana, de 36 años, ubicado también en el barrio Malvinas. El procedimiento, realizado el 11 de junio de 2022, reveló un importante acopio de drogas y otros elementos vinculados al narcomenudeo.
En el domicilio de Santana se incautaron 119,68 gramos de cocaína. La droga estaba fraccionada en seis envoltorios de medio gramo, 21 envoltorios de casi un gramo y dos paquetes más grandes (de 45 y 55 gramos). También secuestraron 48,2 gramos de marihuana. La sustancia vegetal se halló en diez envoltorios de alrededor de un gramo, junto con material en proceso de secado dentro de una caja.
La droga se encontraba dispersa en diferentes puntos de la vivienda, incluyendo un stand de madera, entre prendas de vestir, en el bolsillo de una campera y en un modular. Además de la droga, se secuestraron teléfonos celulares, balanzas con vestigios de estupefaciente y dinero en efectivo, todos elementos que sustentan la finalidad de comercialización.
Otro hallazgo crucial fue la tenencia ilegítima de un DNI a nombre de otra persona, constituyendo un delito concurrente.
El acuerdo abreviado
El acuerdo de juicio abreviado fue alcanzado por la Unidad Fiscal de General Roca, a cargo de María Claudia Frezzini, y la defensa oficial coadyuvante, Gabriela Labat. Los imputados aceptaron su participación en los hechos y la calificación legal elegida.
El Tribunal Oral Federal de General Roca consideró la naturaleza y la modalidad de comisión del hecho, la cantidad y fraccionamiento de la droga, y la aceptación de responsabilidad de los acusados.
- Palma: autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. «c» de la Ley 23.737).
- Santana: autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con el de tenencia de documento nacional de identidad ajeno (art. 33 inc. «c» de la Ley 20.974).
Ambos recibieron la pena de cuatro (4) años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de 45 unidades fijas.
El juez Alejandro Silva consideró que la imposición del mínimo de la pena privativa de libertad, dentro del marco legal, resultaba adecuada en función del carácter transaccional del acuerdo, valorando la edad, la instrucción y la situación social de los imputados.
La sentencia dispuso medidas accesorias en relación a los elementos incautados. Se ordenó la destrucción de la totalidad del material estupefaciente y los elementos que contengan sus restos. Además, se dispuso el decomiso de los celulares, balanzas, pendrives, tarjetas SIM y cargadores incautados. El dinero en efectivo secuestrado a ambos imputados será imputado al pago parcial de las multas y costas del proceso.
Finalmente, se resolvió que, tras solicitar los cupos pertinentes, Palma y Santana deberán presentarse para cumplir la pena impuesta en la Unidad de Detención N° 14 del Servicio Penitenciario Federal de Esquel, provincia de Chubut, facilitando el arraigo familiar.
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