Barones de la Fruta: otorgaron la libertad condicional a Juan Lescano tras casi dos años preso

El exdirigente sindical fue condenado a tres años y seis meses por lavado de activos. Su defensa informó que salió ayer bajo libertad condicional y continuará bajo control judicial hasta diciembre de 2027.

Por Mara Diaz

Juan Lescano, era la mano derecha de Rubén López. Le impusieron una condena a 3 años y 6 meses de prisión. (foto: archivo)

Juan Lescano, uno de los principales condenados en el expediente federal conocido como Barones de la Fruta, recuperó la libertad condicional tras cumplir parte de la pena de prisión efectiva impuesta por lavado de activos. La investigación analizó maniobras con fondos extraídos ilegalmente del Sindicato de la Fruta y de la Obra Social de Empacadores de fruta.

La novedad fue confirmada a Diario RÍO NEGRO por su abogado defensor, Michel José Rischmann, quien indicó que la medida fue resuelta luego de una audiencia judicial en la que se analizaron informes criminológicos y la conducta del interno durante el cumplimiento de la condena.

En septiembre del 2022, Lescano -mano derecha durante años del fallecido secretario general del Sindicato de la Fruta, Rubén López- había sido sentenciado por el Juez Federal Alejandro Silva, junto a seis imputados en la causa, a tres años y seis meses de prisión efectiva más una multa de 23 millones. La condena quedó firme y comenzó a ejecutarse en junio de 2024.


Barones de las frutas: Juan Lescano entró en libertad condicional


Según explicó su defensor, Michel José Rischmann, durante el cumplimiento de la condena Juan Lescano avanzó en distintas instancias educativas dentro del establecimiento penitenciario. “Termina el primario, termina el primer año del secundario y hace otros cursos más”, detalló el letrado al explicar el proceso seguido durante la detención.

Esas actividades permitieron aplicar el beneficio de estímulo educativo, previsto en el artículo 140 de la Ley 24.660 de Ejecución Penal, mecanismo que reduce los plazos para acceder a determinados beneficios cuando la persona detenida acredita avances formativos. “Se le aplica una reducción por estímulo educativo de los plazos para acceder a los beneficios”, sostuvo Rischmann.

Según la defensa, en este caso la rebaja reconocida fue de siete meses. “Ahí se le aplica siete meses”, precisó el abogado al referirse al cómputo realizado en la ejecución de la pena.

Rischmann indicó además que, conforme al artículo 13 del Código Penal y al artículo 28 de la Ley 24.660, la libertad condicional puede solicitarse una vez cumplidos los dos tercios de la condena, siempre que existan informes favorables y propuesta del Servicio Penitenciario.

Ese plazo de dos tercios se adelanta por el estímulo educativo que él tuvo”, explicó el defensor. Según relató, a partir de esa situación “recién en marzo pudo pedir el informe criminológico y la propuesta”, paso previo a la audiencia judicial.

Luego se realizó la audiencia ante la Justicia y finalmente se concedió el beneficio. “Ayer obtuvo la libertad condicional”, afirmó Rischmann.

El abogado agregó que al momento de la resolución Lescano llevaba cumplidos “más o menos un año y diez meses de prisión efectiva”. El resto de la condena continuará bajo reglas de conducta y supervisión judicial hasta el agotamiento total de la pena, previsto para diciembre de 2027. “El resto de la condena la termina en diciembre del 2027”, concluyó.


Qué fue la causa Barones de la Fruta en Río Negro


El expediente judicial se originó tras una investigación periodística realizada por Diario RÍO NEGRO en 2015 que reveló presuntas maniobras de lavado de activos vinculadas a fondos extraídos ilegalmente del Sindicato de la Fruta y de la Obra Social de Empacadores de fruta.

Tras la investigación ordenada por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) se llevó a juicio al exlegislador por JSRN Rubén López (fallecido), a su expareja Silvia Viviana Weisser (57) y a su hija Carol López (31). 

En la misma investigación se incluyó al actual dirigente de la Obra Social del Sindicato de la Fruta Juan Lescano (57), su pareja Karina Neyroud (43) y su hijo Alejandro Lescano (34); además del contador de la firma JLK Gustavo Bucetta (63).

En septiembre de 2022, el juez Alejandro Silva condenó a seis imputados por lavado de activos agravado, al considerar probado que existió una estructura societaria, bancaria y patrimonial destinada a introducir en la economía formal fondos de origen ilícito. Mientras que Juan Lescano recibió la condena más severa del expediente: tres años y seis meses de prisión efectiva y una multa superior a 23 millones de pesos. En cambio, los demás acusados fueron sentenciados a penas de ejecución condicional y también deberán afrontar multas millonarias. La resolución además dispuso el decomiso de 16 inmuebles y un automóvil importado.

El juez también condenó a Karina Neyroud, Alejandro Denis Lescano, Silvia Weisser, Karol López y Gustavo Buceta, quienes recibieron penas de entre un año y medio y tres años de prisión en suspenso, además de sanciones económicas.

En cuanto al grado de participación, Weisser y Buceta fueron considerados partícipes necesarios, mientras que Karol López, Neyroud y Denis Lescano fueron condenados como partícipes secundarios dentro de las maniobras investigadas.

Según la sentencia, las maniobras incluyeron compras de inmuebles, conformación de empresas, movimientos bancarios y utilización de terceros para ocultar bienes y dar apariencia legal al dinero investigado.

En noviembre de 2023, la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó todos los recursos presentados por las defensas y confirmó íntegramente la sentencia dictada en Roca. De esa manera, Lescano quedó a un paso de comenzar a cumplir la pena de prisión efectiva.

De acuerdo con lo que surgió de la sentencia, luego de la investigación judicial ha quedado constatado “que a partir del año 2006 los grupos montados por Héctor Rubén López -fallecido- y Juan Domingo Lescano y en los que en mayor o menor medida […] intervinieron los imputados Silvia Viviana Weisser, Karol Daiana López, Karina Anahí Neyroud, Alejandro Denis Lescano y Gustavo Daniel Buceta, conformaron una estructura jurídica, societaria y bancaria en esta región del Alto Valle de Río Negro y Neuquén, donde se canalizaron, transfirieron, disimularon, ocultaron y se pusieron en circulación en el mercado fondos de procedencia ilícita, en pos de cortar todo lazo con los hechos que los originaron y convertirlos e integrarlos al circuito económico formal bajo apariencia de licitud”.


Barones de las frutas: el rol de Lescano y Rubén López


Para la sentencia dictada en Roca, Juan Lescano tuvo una participación central dentro del esquema investigado y ocupó un lugar clave en la administración de fondos junto a integrantes de su entorno familiar y societario. El fallo sostuvo que intervino en distintas etapas de la operatoria económica analizada por la Justicia.

El juez lo ubicó en maniobras vinculadas a la conformación de empresas, apertura de cuentas bancarias, movimientos financieros y adquisición de bienes que, según la acusación, permitían canalizar dinero hacia el circuito formal con apariencia de legalidad. Esa valoración fue determinante para que recibiera la pena más alta del proceso.

La resolución también destacó que Lescano, junto con su pareja Karina Neyroud y su hijo Alejandro Denis Lescano, asumió la continuidad de operaciones ya iniciadas dentro de la estructura, entre ellas la adquisición de bienes y el funcionamiento societario de JLK SRL.

Uno de los puntos especialmente observados por la Justicia fue el pago de 9 millones de pesos realizado por JLK SRL a la firma GDB Estudio y Consultora SRL, por supuestos honorarios de asesoramiento contable y financiero externo. Para la acusación, esa operación resultaba llamativa porque el titular de esa firma era el contador del propio grupo, Gustavo Buceta.

Según el análisis judicial, esa transferencia fue una de las maniobras más visibles dentro del expediente, ya que permitía justificar salidas y movimientos de dinero entre sociedades vinculadas entre sí. Por eso fue mencionada como uno de los ejemplos del mecanismo utilizado para el lavado de activos.

En la causa también estuvo involucrado Rubén López, histórico conductor del gremio frutícola y exdiputado provincial. Durante años fue una de las figuras sindicales con mayor peso en el Alto Valle y concentró fuerte influencia política y gremial en la región.

El juez sostuvo que López encabezó la estructura investigada y que fue quien proveyó los fondos ilícitos que luego eran canalizados a través de sociedades, bienes y distintas operaciones económicas. Según la sentencia, actuaba como jefe del grupo aunque sin figurar formalmente dentro de parte del entramado comercial.

López falleció en agosto de 2020, antes de la finalización del proceso judicial, por lo que fue sobreseído por extinción de la acción penal. Sin embargo, su nombre siguió siendo central en la reconstrucción de los hechos realizada por la Justicia y en la historia política del caso.

La investigación de RÍO NEGRO obtuvo el primer premio Periodismo de Investigación de Fopea en 2015.
A raíz de toda la información expuesta, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) radicó la denuncia ante la Justicia Federal contra López, Lescano y su círculo más íntimo.


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