Roca habilitó Uber y otras aplicaciones de transporte: qué cambia con la nueva regulación

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la incorporación de las plataformas digitales al transporte privado de pasajeros. Habrá un registro municipal, exigencias para quienes manejen y controles sobre los autos.

Por Redacción

La ordenanza comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Boletín Municipal. Imagen: archivo.

El Concejo Deliberante de Roca aprobó ayer por unanimidad la ordenanza que regula la actividad de Uber y otras plataformas digitales y establece las condiciones para que puedan operar formalmente.

La normativa modifica el Código de Transporte municipal y crea un esquema específico para los servicios contratados mediante aplicaciones. Hasta ahora, este tipo de viajes se realizaba sin una regulación local que estableciera los requisitos para conductores y vehículos.

La aprobación se produjo después de varios meses de discusión sobre cómo encuadrar una actividad que ya tenía presencia en la ciudad. La intendenta María Emilia Soria había anunciado en marzo, durante la apertura de sesiones ordinarias, que el Ejecutivo enviaría una iniciativa al Concejo para establecer reglas para las plataformas.

El tratamiento también involucró a representantes del sector de taxis. Según explicó el concejal Juan Mercado, se trató de un trabajo conjunto entre el Concejo Deliberante, el Ejecutivo y la comisión de taxistas, integrada por propietarios y dueños de base.

En esa comisión participaron Mercado y Natali Giordanella por el oficialismo y Belén Bavastri por Juntos Somos Río Negro.


Qué deberán presentar quienes quieran manejar


Con la nueva normativa, quienes quieran prestar viajes mediante aplicaciones deberán inscribirse y obtener una autorización municipal. La ordenanza crea el Registro Municipal de Plataformas Tecnológicas de Transporte (REMUPLATET), donde quedarán asentados los vehículos, titulares y conductores habilitados.

Los conductores deberán tener domicilio en Roca, licencia profesional categoría D1, certificado de antecedentes penales y acreditar que no están incluidos en el registro de deudores alimentarios morosos. También tendrán que inscribirse en los organismos fiscales correspondientes.

La autorización tendrá una vigencia de dos años y podrá haber hasta dos conductores habilitados por cada vehículo. La norma también contempla la posibilidad de revocar una autorización ante incumplimientos graves o reiterados.

Un punto central es que los viajes deberán ser solicitados y aceptados a través de la plataforma. No estará permitido tomar pasajeros por fuera de las aplicaciones para prestar este servicio.


Qué autos podrán trabajar con las aplicaciones de transporte en Roca


Los vehículos también deberán pasar por un proceso de habilitación. Cada titular podrá registrar un solo auto y deberá acreditar que está radicado en Roca, además de presentar la documentación correspondiente y superar una inspección municipal.

La ordenanza establece que deberán ser autos de cuatro o cinco puertas y con capacidad mínima para cinco personas, incluido el conductor. También fija requisitos de motorización: 1.400 cm³ como mínimo para los vehículos nafteros o a GNC y 1.500 cm³ para los diésel, con alternativas vinculadas a la potencia del motor.

Las unidades deberán contar además con calefacción y aire acondicionado, cinturones de seguridad y apoyacabezas en todas las plazas. También se exige que mantengan buenas condiciones de higiene y funcionamiento y que cuenten con los elementos de seguridad correspondientes.

La RTO y la inspección municipal deberán estar vigentes durante la prestación del servicio. Si durante un control se detectan deficiencias, el Municipio podrá retirar el auto de circulación y suspender el permiso hasta que se solucionen.


Taxis y remises también podrán usar las plataformas


La nueva regulación no queda limitada a quienes ingresen al sistema como conductores de aplicaciones. Los titulares de taxis y remises también podrán desarrollar esta actividad mediante plataformas tecnológicas.

De esta manera, los servicios tradicionales podrán sumar las aplicaciones como una nueva modalidad para recibir viajes, dentro del marco que establece el Código de Transporte.


Las multas pueden llegar a 10.000 USAM


La ordenanza incorpora un régimen específico de sanciones. Las penalidades pueden ser amonestaciones, multas, suspensiones o inhabilitaciones, según el tipo y la gravedad de la infracción. Las multas generales van de 100 a 10.000 USAM. Las faltas leves tienen sanciones de entre 100 y 500 USAM, mientras que las graves van de 500 a 1.000 USAM.

Entre las infracciones más graves aparecen prestar el servicio sin el permiso municipal o la autorización correspondiente, no contar con la licencia exigida, trabajar con un vehículo no habilitado o circular sin el seguro obligatorio. En esos casos, las multas pueden alcanzar las 10.000 USAM.

La norma también prevé la retención preventiva del vehículo cuando se presta el servicio sin habilitación, falta documentación obligatoria, el conductor se niega a controles de alcoholemia o circula bajo los efectos del alcohol o sustancias prohibidas.

En caso de reincidencia, la sanción puede incrementarse hasta seis veces respecto de la que corresponda por la infracción cometida.

La ordenanza comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Boletín Municipal. A partir de ese momento quedará formalmente vigente el nuevo esquema que incorpora a las plataformas digitales al sistema de transporte regulado de Roca.


Comentarios

Exit mobile version